FUERO SINDICAL ARTICULO 405 DEL CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO
https://www.youtube.com/watch?v=Tv2OCDxWLbc
El fuero sindical es una garantía de rango constitucional,que tiene respaldo internacional, cobija a los empleados y a los trabajadores públicos,donde las normas laborales de protección,son de máxima y fundamental importancia.
-Miembros de juntas directivas.
-Fundadores.
FUERO: Procedimiento, para desvincular,para terminar,un contrato y mostrar que no es un blindaje definitivo, puesto que el Código Sustantivo del Trabajo en su artículo 405,define el "Fuero Sindical"como "la garantía de que gozan algunos trabajadores, de no ser despedidos, ni desmejorados en sus condiciones de trabajo, ni traslados a otros establecimientos de la misma empresa o a un municipio distinto,sin justa causa,previamente calificada por el Juez de Trabajo".
FEDERACIONES:Unión de varios sindicatos.
CONFEDERACIONES:Unión de varias federaciones.
-Facultad de establecer sus propios reglamentos y estatutos.
-FUNCION: Priorizan el dirimir conflictos para solucionar situaciones en grupos de interés.
DEISSY JEANNTTE BAEZ VELASQUEZ.
Importante el referente del Artículo 405 del Código Sustantivo del Trabajo, garantía de rango constitucional que cobija a trabajadores y empleados públicos,éste define el "Fuero Sindical", cuya premisa es evidenciar de manera real, los beneficios de protección para un integrante sindical de ser desmejorado ni trasladado a otros, establecimientos de la misma empresa o a otro municipio, sin justa causa previamente calificado, por el juez de trabajo.
ResponderEliminarDEISSY JEANNETTE BAEZ VELASQUEZ